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Blog de Neura · Industria textil y moda

El "de minimis" de US$ 200: qué cambiaría para tu marca si el Perú lo baja

Un envío courier de hasta US$ 200 entra al Perú sin arancel ni IGV. Si el umbral baja, una prenda importada sube alrededor de 31 % y sigue siendo barata. Tres escenarios de umbral y qué significa cada uno para una marca local.

Equipo Neura · 12 de setiembre de 2026 · 9 min de lectura

El Perú mantiene uno de los umbrales de importación libre de impuestos más altos de la región: un envío de entrega rápida de hasta US$ 200 de valor FOB entra sin arancel y sin IGV, por efecto de la Ley N.º 29774 [1]. Ese número explica buena parte de la aritmética con la que Shein, Temu y AliExpress compiten contra una marca peruana que sí paga 18 % de IGV sobre cada prenda que vende [1][2]. En julio de 2026, el Comité Textil de la Sociedad Nacional de Industrias volvió a pedir que se toque, y la SUNAT declaró tener "la posición técnica de reducir ese umbral" [3]. Vale la pena entender qué cambiaría de verdad si eso ocurre, porque la respuesta no es la que se suele dar por sentada.

Qué es el de minimis y cómo funciona hoy

"De minimis" es el valor máximo por debajo del cual una aduana no cobra tributos. Nació como un cálculo administrativo —liquidar centavos sobre millones de paquetes cuesta más de lo que recauda— y quedó desbordado cuando el comercio electrónico transfronterizo convirtió el envío pequeño en el canal principal.

En el Perú, el régimen de Envíos de Entrega Rápida admite mercancía de hasta US$ 2 000 de valor FOB por envío [4]. Dentro de ese régimen, lo que está por debajo de US$ 200 no paga nada; lo que lo supera paga arancel ad valorem más IGV [1][2]. Para confecciones, el arancel en juego se ubica en un rango de 4,5 % a 11 % según la partida y el origen, sobre el que luego se aplica el IGV de 18 % [2].

La comparación regional muestra lo alto que está el listón peruano: Ecuador aplica un umbral de US$ 10 y Chile de US$ 30, mientras que la Unión Europea grava con IVA todas las importaciones de bajo valor, sin piso exento [1]. El Perú, con US$ 200, cubre prácticamente cualquier pedido de moda rápida que un consumidor haga en una plataforma asiática.

Por qué la discusión vuelve ahora

La presión viene del lado industrial. Según el Comité Textil de la SNI, en 2025 ingresó al Perú cerca de US$ 1 000 millones en prendas de vestir, con 55 % de origen chino, y su presidente, Raúl Saba, sostiene que "estas plataformas ingresan productos subvaluados, sin controles y sin pagar ningún impuesto" [3]. El gremio no pide únicamente bajar el umbral: pide incluir un impuesto mínimo a las plataformas dentro de las facultades legislativas que el Ejecutivo solicite al Congreso [3].

El contexto macro ayuda a dimensionar el fenómeno. Las importaciones chinas al Perú pasaron de poco menos de US$ 9 000 millones a cerca de US$ 19 000 millones entre 2015 y 2025, y hoy equivalen a alrededor de un tercio de todas las compras externas del país y a 5,6 % del PBI [5]. Dentro de ese total, las plataformas de comercio electrónico concentran cerca del 80 % del valor de los envíos aéreos provenientes de China, pero todavía representan solo 6 % de las importaciones chinas totales que llegan al país [5]. Es un dato incómodo para el debate: el canal courier es dominante en su nicho y marginal en el agregado.

Del lado del Estado, el jefe de la SUNAT, Javier Franco, precisó que la administración tributaria tiene una posición técnica a favor de reducir el umbral, pero que "el diseño y eventual modificación corresponde al MEF" [3]. Y ahí aparece la traba real: la SUNAT no puede inaplicar ni cambiar la ley con una resolución de superintendencia, de modo que cualquier modificación exige una norma con rango de ley [2]. A fines de 2021 el Ejecutivo pidió facultades legislativas para tocar esta exoneración y el Congreso las negó en ese punto [2]. El expediente lleva años abierto.

Tres escenarios de umbral y su efecto en el precio final

Para modelar el impacto conviene separar dos decisiones que se suelen confundir: dónde se pone el umbral (quién tributa) y qué se cobra al superarlo (cuánto tributa). El cuadro siguiente toma un pedido de moda por courier y aplica el tratamiento completo —arancel de 11 % sobre el valor CIF más IGV de 18 % sobre esa base— a tres escenarios de umbral. Las tasas provienen de las fuentes citadas [2]; los precios finales son un cálculo directo, no una proyección de mercado.

EscenarioUmbral exentoPedido de US$ 25Pedido de US$ 60Pedido de US$ 150
A. Statu quoUS$ 200US$ 25,00US$ 60,00US$ 150,00
B. Umbral regional (referencia: Chile US$ 30, Ecuador US$ 10)US$ 50US$ 25,00US$ 78,59US$ 196,47
C. Sin piso exento (modelo Unión Europea)US$ 0US$ 32,75US$ 78,59US$ 196,47

Lo primero que salta del cuadro es que el recargo no depende del tamaño del ticket: es multiplicativo y constante. Con arancel de 11 % e IGV de 18 %, el precio final sube 31 %. Si el arancel aplicable fuera 4,5 %, el alza sería de 23 %. Y si el Estado optara por cobrar solo el IGV, manteniendo la exoneración arancelaria, el incremento sería de 18 % [2].

Lo segundo es que la ubicación del umbral no cambia el porcentaje: cambia a cuántos pedidos alcanza. Entre el escenario B y el C, el precio del pedido de US$ 60 y el de US$ 150 es idéntico; lo único que se mueve es si el pedido de US$ 25 entra o no en la red. Bajar el umbral de US$ 200 a US$ 50 captura ya la mayor parte del ticket promedio de plataforma; bajarlo a cero agrega el tramo más pequeño a costa de multiplicar el número de declaraciones a procesar.

Lo que el umbral no cambia

  • La brecha de precio no se cierra, se estrecha. Un polo que llega a US$ 25 pasaría a US$ 32,75 en el escenario más duro. Sigue estando por debajo de buena parte de la oferta local. Quien planifique asumiendo que una reforma tributaria devuelve la competitividad por sí sola, planifica mal.
  • El problema declarado no es solo el umbral. El propio gremio apunta a productos subvaluados y sin controles [3], y la SUNAT ha dicho que está identificando a personas que traen con frecuencia bienes "que no son para consumo, sino para comercialización" [2]. Esas dos conductas —declarar de menos y usar el régimen personal como canal mayorista— no se corrigen moviendo un número: se corrigen con fiscalización.
  • El costo operativo del cobro es real. Gravar millones de envíos pequeños exige capacidad de liquidación, cobranza y atención en frontera. Un umbral en cero sin esa capacidad instalada produce retenciones, reclamos y demoras antes que recaudación.

El precedente estadounidense: qué pasó cuando sí se eliminó

Estados Unidos ofrece el experimento natural más reciente. Su umbral era de US$ 800 —cuatro veces el peruano—. Se eliminó primero para China y Hong Kong en mayo de 2025 y luego se suspendió para el resto del mundo el 29 de agosto de 2025 [6]. La escala de lo que dejó de estar exento es notable: cerca de 4 millones de envíos diarios bajo de minimis y 1 360 millones de paquetes en el último año fiscal [6].

MercadoUmbral de minimisSituación
PerúUS$ 200Vigente; su reducción requiere una norma con rango de ley [1][2]
ChileUS$ 30Vigente [1]
EcuadorUS$ 10Vigente [1]
Unión EuropeaSin piso exentoIVA a toda importación de bajo valor [1]
Estados UnidosEra US$ 800Suspendido desde el 29 de agosto de 2025 [6]

El detalle de diseño importa más que el titular. Washington no se limitó a aplicar su arancel corriente: habilitó tarifas planas por paquete de US$ 80, US$ 160 o US$ 200 según que la tasa arancelaria del país de origen esté por debajo de 16 %, entre 16 % y 25 %, o por encima de 25 %, con una alternativa plana de US$ 100 [6]. Sobre un artículo de US$ 20, una tarifa fija de US$ 80 no es un impuesto: es una prohibición efectiva. Un umbral bajo con tributación ad valorem y un umbral bajo con tarifa plana producen mercados completamente distintos, y esa es exactamente la variable de diseño que en el Perú todavía no está definida.

El precedente también anticipa el argumento político del debate peruano: en Estados Unidos, 48 % de los paquetes de minimis iba a códigos postales de menor ingreso, frente a 22 % a los de mayor ingreso [6]. Encarecer el canal tiene un efecto distributivo concreto, y eso pesa en cualquier discusión legislativa.

Qué puede hacer una marca o un fabricante ahora

La probabilidad de que el umbral cambie en el corto plazo es baja: depende del Congreso, y el antecedente es un rechazo [2]. Pero la exposición al escenario existe, y hay decisiones que conviene tomar antes de que se resuelva.

  • Calcular su brecha real de precio, por SKU. Compare el precio de venta de sus diez SKU de mayor rotación contra el equivalente en plataforma, y vuelva a compararlo aplicando +18 %, +23 % y +31 % al importado. Las categorías donde el escenario C todavía no lo deja competir son las que hay que rediseñar, no defender con lobby.
  • Distinguir dónde compite por precio y dónde no. El básico de bajo precio es donde la plataforma es más fuerte y donde un recargo de 31 % cambia menos. Calce, ajuste, servicio, reposición y garantía son atributos que el canal courier no entrega bien.
  • Medir el costo de su propio ciclo. Si su reposición demora doce semanas, ningún umbral lo protege. Acortar el ciclo de reposición y trabajar con compras más cortas y frecuentes tiene efecto inmediato, a diferencia de una reforma tributaria.
  • Revisar su propia exposición como importador. Varias marcas locales usan el régimen courier para muestras, avíos y compras menores. Un cambio de umbral les modifica el costo de abastecimiento, no solo el del competidor.
  • Preparar el escenario de tarifa plana. Si el Perú copiara el diseño estadounidense, el tramo de pedidos pequeños se encarecería de forma desproporcionada y el comportamiento de compra se desplazaría hacia tickets grandes y poco frecuentes. Eso cambia la estacionalidad de la demanda local, no solo su nivel.

Cómo se ve esto desde la operación

Un cambio de umbral es, en términos operativos, un cambio en el costo unitario del competidor. Responder a eso exige conocer el propio con la misma precisión: qué cuesta producir cada prenda, cuánto inventario está inmovilizado, qué rota y cuánto tarda una reposición. Quien tiene ese dato consolidado puede simular escenarios en una tarde; quien lo tiene repartido entre hojas de cálculo se entera del impacto cuando ya está en el estado de resultados. La reforma se decide en el Congreso; la capacidad de reaccionar a ella se decide adentro.

Fuentes

[1] Gestión — «Importaciones por menos de US$ 200 no pagan IGV, Gobierno busca reducir monto exonerado». https://gestion.pe/economia/sunat-monto-de-importaciones-que-no-pagan-igv-podria-reducirse-que-se-plantea-tributacion-comercio-internacional-reactivacion-economica-evasion-fiscal-noticia/

[2] Gestión — «Sunat busca cobrar IGV a importaciones menores a US$ 200 pero se enfrenta a una traba, ¿cuál?», 27 de abril de 2026. https://gestion.pe/economia/sunat-busca-cobrar-igv-a-importaciones-menores-a-us-200-pero-se-enfrenta-a-una-traba-cual-noticia/

[3] Gestión — «Industria textil "tiembla" ante China y EE. UU.: lo que piden al Gobierno», 13 de julio de 2026. https://gestion.pe/economia/industria-textil-tiembla-ante-china-y-eeuu-lo-que-piden-al-gobierno-de-keiko-fujimori-noticia/

[4] SUNAT — Asistente Aduanero: Envíos de Entrega Rápida (Courier), FOB hasta US$ 2 000. https://asistenteaduanero.sunat.gob.pe/envios-de-entrega-rapida-courier-fob-hasta-2000

[5] Gestión — «Importaciones chinas ganan terreno en Perú: ¿Temu, Shein y AliExpress moverían la "aguja" más?», 10 de junio de 2026. https://gestion.pe/economia/importaciones-chinas-ganan-terreno-en-peru-las-industrias-afectadas-y-la-oportunidad-a-futuro-noticia/

[6] CNN en Español — «Los precios de Shein y Temu se verán aún más afectados por la nueva regla de "minimis"», 3 de agosto de 2025. https://cnnespanol.cnn.com/2025/08/03/eeuu/los-precios-de-shein-y-temu-se-veran-aun-mas-afectados-por-la-nueva-regla-de-importacion-minima

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